La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Yasmín Esquivel plagió la tesis con la que obtuvo en 2009 el grado de doctora en Derecho por la Universidad Anáhuac, una escuela privada de México.
EL PAÍS ha comprobado que 209 de las 456 páginas de su tesis Los derechos fundamentales en el sistema jurídico mexicano y su defensa se corresponden con trabajos publicados antes por otros 12 autores, entre los que hay un exrector de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); un exministro español de Cultura y un expresidente del Tribunal Supremo de España; un expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), así como juristas mexicanos, italianos, españoles y alemanes. Dos de esos autores han confirmado el plagio a este periódico. Dos académicos mexicanos, que revisaron las pruebas a ciegas, sin saber que se correspondían con un trabajo de la ministra, también han considerado que se trata de un plagio. Otra tesis anterior de Esquivel, la de licenciatura del año 1987, está siendo analizada por la UNAM, que en un primer dictamen acreditó que se trataba de una “copia sustancial” del trabajo de titulación de otro estudiante presentado un año antes.
Tras ser consultada insistentemente por este medio, la ministra respondió después de la publicación de la investigación, este viernes y a través de su abogado, Alejandro Romano. En una carta, el representante ha señalado que la “omisión” de citas a autores originales en un trabajo de titulación es una “deficiencia” o “descuido”, pero no plagio, más cuando se trata de autores reconocidos que son referidos comúnmente por estudiantes y profesores de Derecho. “Si una institución universitaria validó un trabajo de investigación, y consideró que cumplía con los estándares para ser aceptado, y servir de documento base para examinar las capacidades profesionales de la persona investigadora, la posible existencia de omisiones en las citas de autores, o de errores en su redacción, solo tienen ese significado —el de deficiencias o descuidos—, pero jamás una forma de plagio, porque técnicamente esta figura jurídica implica la publicación de una obra completa a nombre de otro”, dice la carta. El director de la tesis de doctorado de la ministra, José Antonio Núñez Ochoa, ha declinado hacer comentarios.
Los autores cuyo trabajo fue tomado por Esquivel sin citar sí lo consideran plagio. “En el caso de mi capítulo, lo he reconocido inmediatamente, es una reproducción textual, literal, de páginas y páginas. Ella no pone comillas, por lo tanto es un plagio de libro, lo que ha hecho es un corta y pega. Es evidente que lo que ha hecho es copiar directamente. Lo he visto enseguida. No es una cuestión sutil. Lo ha hecho de una manera muy burda”, afirma a EL PAÍS por teléfono José Manuel Rodríguez Uribes, ministro de Cultura y Deporte del Gobierno de España de 2020 a 2021 y hoy embajador ante la UNESCO, de quien Esquivel tomó, sin citar, su texto “Rousseau y los derechos humanos”, publicado en Historia de los derechos fundamentales (Dykinson, 1998), una monumental obra de siete tomos escrita en conjunto con otros autores que también fueron plagiados.
El jurista e investigador mexicano Miguel Carbonell ha confirmado que la ministra Esquivel también copió varias páginas de su libro Los derechos fundamentales en México (UNAM, 2004), para el que se preparó 15 años y a cuya escritura dedicó tres. “Es plagio. Si entendemos por plagio el publicar con tu nombre un texto que tú no redactaste de manera original, es plagio. No hay otra manera de definirlo. Y ahí hay un aprovechamiento tanto del texto principal, que involucró un esfuerzo que yo hice al redactarlo, como de las fuentes que yo revisé para que nutrieran mi propio texto. Me parece un doble plagio, por el aprovechamiento de fuentes que no se revisaron de manera personal y que corresponden a un esfuerzo ajeno, un esfuerzo que me implicó tiempo, revisar acervos bibliográficos de otros países, dinero para sacar copias de los artículos, y que alguien llegue y se aproveche de esto, me parece que no hay otra manera de calificarlo”, ha afirmado.
Tanto Rodríguez Uribes como Carbonell ignoraban que la tesis era de Esquivel al momento de revisar los apartados donde sus textos fueron transcritos, para que sus opiniones fuesen imparciales. Se les reveló que la ministra era la autora después de emitir sus valoraciones. Descontando el título, índice, agradecimientos y bibliografía, el plagio equivale al 46,5% de las páginas escritas en la tesis.
Un académico e investigador de la UNAM que ha dirigido 44 tesis de doctorado y maestría, y que prefiere de momento no ser citado, sostiene que para la fecha en que Esquivel presentó su tesis doctoral, en 2008, en la academia ya había una conciencia de la gravedad del plagio académico. “Una tesis de doctorado no puede tener estas fallas: no puedes tener casi un 50% de la totalidad que pertenece a otra autoría. Yo pensaría que esto es un plagio. Son demasiados problemas de citación. Demasiados elementos que te permiten mirar la falta de técnica y la mala fe, de que te quieres apropiar de otro trabajo”, considera.
Otro académico especializado en Derecho y que ha asesorado 30 tesis, que también ha pedido omitir su nombre, afirma que tras la revisión de la tesis identificó “patrones” de plagio. “Se toman como suyos párrafos completos y consecutivos de los diferentes autores, sin hacer referencia, sin que haya comillas, e incluso, las notas a pie de página son las notas del texto original. E incluso el formato de las notas al pie de página cambia de acuerdo con el libro [que se utilice]. Cuando el autor hace análisis, no solamente se retoman: son textualmente los análisis del autor original”, describe. “No se puede considerar un error de citación porque es un patrón de utilización de ideas y párrafos completos de otros libros. Yo lo consideraría un texto de plagio, no es un texto de autoría propia, no debería poder ser evaluado”.
Estos dos académicos pidieron omitir sus nombres por temor a represalias tras enterarse que la tesis de doctorado que analizaron a ciegas había sido sustentada por la ministra. Uno de ellos pidió que tampoco fuera identificada la universidad a la que está adscrito.
Esquivel era magistrada en el Tribunal Superior Agrario en el momento en que entregó su tesis de doctorado, en 2008. Entre diciembre de ese año y enero de 2009 obtuvo el voto aprobatorio de siete sinodales —todos ellos académicos de la Universidad Anáhuac— que, según se observa en los argumentos de su voto, reconocieron la originalidad del trabajo y sus aportes al campo del Derecho. Ni los sinodales ni el asesor de la tesis doctoral, José Antonio Núñez Ochoa, se percataron del plagio o no lo hicieron notar. Esquivel recibió en junio de 2009 el título de posgrado, y en diciembre la Secretaría de Educación Pública (SEP) le expidió su cédula profesional de doctora.
Los autores plagiados
Mediante el procesador de coincidencias de textos Turnitin y un cotejamiento directo en acervos bibliográficos, este periódico ha logrado establecer que la jueza tomó extractos de la obra Derechos y garantías: la ley del más débil (Trotta, 1999), de Luigi Ferrajoli, un prolífico jurista italiano de 82 años que ha escrito una docena de libros; también de Los derechos fundamentales: apuntes de historia de las constituciones (Trotta, 1996), de Maurizio Fioravanti (1952-2022), un investigador y académico también italiano; lo mismo del libro Los derechos del hombre (Reus, 1969), del jurista español José Castán Tobeñas (1889-1969), que fue presidente del Tribunal Supremo de su país; así como de los ensayos “El concepto de derechos humanos” (IIDH, 1994) del académico venezolano Pedro Nikken (1945-2019), expresidente de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, y “Naturaleza legal de los derechos fundamentales” del jurista alemán Rainer Arnold, incluido en el libro Los derechos en Europa, publicado por la Universidad Nacional de Educación a Distancia de España en 1997.
Otros autores cuya obra fue copiada son los juristas españoles Gregorio Peces-Barba Martínez (1938-2012) —expresidente del Congreso y considerado uno de los padres de la Constitución tras el franquismo—, Eusebio Fernández García (1952) y Antonio Enrique Pérez Luño (1944), con quienes Rodríguez Uribes (1968) publicó Historia de los derechos fundamentales. El exministro de Cultura de España ha constatado que Esquivel también plagió el capítulo publicado en ese libro por su colega Pérez Luño, titulado “El papel de Kant en la formación histórica de los derechos humanos”.
De Pérez Luño Esquivel también copió el ensayo “Los fundamentos de los derechos humanos”, publicado en 1983 en la Revista de Estudios Políticos (Nueva Época), que edita desde 1941 el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales del Gobierno de España. “Cuando una persona, a lo largo de muchas páginas, reproduce textualmente contenidos publicados previamente por otras personas y no los entrecomilla, atribuyéndoselos textualmente, como no cita a esos autores originales, está plagiando”, afirma Rodríguez Uribes.
Además, Esquivel extrajo capítulos de obras escritas por otros autores mexicanos, como Las garantías individuales (Porrúa, 1944) y El juicio de amparo (Porrúa, 1943), del abogado constitucionalista Ignacio Burgoa Orihuela (1918-2005), y de La Constitución de Querétaro, tesis de licenciatura presentada en la UNAM en 1968 por Jorge Carpizo MacGregor (1944-2012), un reconocido jurista y político que fue rector de la misma universidad, fiscal general de México, presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y secretario de Gobernación.
Algunos capítulos y subcapítulos de la tesis de Esquivel tienen el mismo nombre que eligieron los autores originales. La copia incluyó las citas al pie que los autores refirieron en sus obras. En algunos casos esas citas fueron tomadas por la ministra y llevadas al apartado de Bibliografía de su tesis como si ella misma las hubiera consultado de primera mano. Por ejemplo, un libro de Kant aparece en alemán y un libro de Bobbio está en italiano, porque así los consultó Pérez Luño en su capítulo publicado en Historia de los derechos fundamentales.
La transcripción de las citas al pie es tan fiel que en una de ellas la ministra escribió: “El concepto de ‘gobernado’ lo tratamos en nuestra obra Las garantías individuales, capítulo segundo”, una anotación que hizo Burgoa Orihuela en El juicio de amparo. En otra parte incluyó la acotación “N. del T.” (nota del traductor) proveniente del libro de Fioravanti. En otra página transcribió: “Véase nuestro artículo ‘Derechos subjetivos’ en la Nueva Enciclopedia Jurídica, Barcelona, Seix, t. VII”, una anotación que en realidad hizo Castán Tobeñas en referencia a una obra publicada entre 1950 y 1965 (Esquivel nació en 1963).
La ministra reprodujo en su tesis literalmente 37 páginas de Las garantías Individuales del prestigioso constitucionalista Ignacio Burgoa. De este libro, cuya versión actualizada de 2001 es la que toma Esquivel, copia cuatro apartados —sin una sola cita al autor— para su capítulo “Las garantías individuales y los derechos fundamentales en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano”. Unas páginas más adelante, en ese mismo tramo de la tesis, Esquivel sí nombra a Burgoa, abre comillas y señala que ha utilizado la página 191 y 192 de ese mismo libro. En realidad, había trasladado íntegramente de la 155 a la 195.
Algo similar hizo la jueza en su apartado sobre el “Concepto formal de los derechos fundamentales”. Comienza citando a Luigi Ferrajoli, cierra las comillas al final del párrafo y prosigue con el mismo texto que publicó el autor italiano años antes. Aunque de vez en cuando incorpora nociones de otros juristas —lo que rompe el esquema exacto original—, plagia al italiano durante 33 páginas, en una de las copias más extensas de la tesis. Ferrajoli, que revisó el trabajo en español, considera que no hubo plagio, “sino la cita y discusión de una de mis ideas”. El autor italiano no hace mención a que Esquivel transcribe las notas al pie y citas textuales que él mismo puso, ni de las varias páginas que ella copia sin citar su libro.
El libro de Carbonell sí fue incluido por Esquivel en el apartado general de la Bibliografía de su tesis, aunque nunca al pie de las 14 páginas en las que la ministra transcribió el texto del abogado mexicano. Entrevistado por este periódico, Carbonell refiere que para escribir Los derechos fundamentales en México —que califica como su obra “cumbre”— él utilizó algunos libros y revistas que solo estaban disponibles en acervos de España, donde él redactó.
Una de esas obras, el ensayo “Una clasificación de los derechos humanos”, de Manuel Atienza, compilado en el Anuario de Derechos Humanos y publicado en Madrid en 1986, figura en las páginas copiadas por Esquivel y también en su bibliografía. “Esa revista es imposible de conseguir. Si tú me dices: ‘consíguela aquí y ahora’, no se consigue. Yo conseguí el texto en España. Yo lo tengo fotocopiado. Es un autor español que yo traje a una publicación mexicana. O se refiere mi libro o yo veo difícil que alguien haya tenido acceso a este autor”, resume Carbonell. El jurista mexicano incluso hace notar cómo, en una de las páginas copiadas de su obra, Esquivel transcribió este apunte suyo: “Otra cuestión de orden conceptual tiene que ver con la denominación misma de ‘derechos fundamentales’ que se ha elegido para el título de este libro”, cuando lo que ella estaba presentando no era un libro sino una tesis.
La “mala fe”
En otros capítulos, sin embargo, no hay ni una sola cita de las obras copiadas. Es el caso del ensayo “Naturaleza legal de los derechos fundamentales” que la ministra toma del jurista alemán Rainer Arnold. Ahí, según una revisión externa de una académica relacionada con la publicación que prefiere no ser citada, “se repiten hasta las comas”: “Son evidentemente iguales. Es presentar un trabajo a base de cortar y pegar”, ha afirmado.
Tampoco hay rastro ni al pie ni en bibliografía de las 22 páginas reproducidas casi textualmente de la obra de Los derechos fundamentales: apuntes de historia de las constituciones de Fiovaranti, ni de las cinco de Los derechos del hombre de José Castán Tobeñas, ni de las 10 del texto de Rodríguez Uribes. Este autor, que también es miembro de la dirigencia del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), señala que Esquivel incluso copió, sin citarle, el término “rusoniano”, que él eligió en lugar del habitual “rousseauniano” en un ejercicio de originalidad autoral. Aunque se trata de un “detalle”, para el jurista español demuestra la magnitud de la copia. “En mi tesis doctoral dudé, pero al final opté por esa palabra: yo digo ‘rusoniano’. Y lo hago siguiendo a un profesor, José Rubio Carracedo, que ya lo había hecho, y pensando en simplificar el lenguaje. Nunca he tenido claro si yo hice bien eligiendo esa palabra o no, pero ella la utiliza sin citarme a mí”, señala.
El académico de la UNAM consultado afirma que en la tesis de Esquivel hay elementos “probatorios de mala fe”, como haber copiado los pies de página a otro autor en 18 subcapítulos o no haber citado los libros utilizados siquiera en la bibliografía general: “Como sucede con la tesis La Constitución de Querétaro de Jorge Carpizo. Aquí hubo tan mala intención que ni siquiera la puso”. El otro investigador señala que en trabajo de Esquivel advierte algunos párrafos sueltos que sí son originales, pero que funcionan como conectores para unir las partes plagiadas. “Una tesis de doctorado es una investigación: debe contar con un problema, establecer hipótesis, una metodología de análisis y luego un desarrollo. El texto [de Esquivel] parece una obra monográfica que compila, no hay estructura narrativa, no hay una pregunta de investigación que se trate de responder”, dice.
Estas fallas no fueron apreciadas por los sinodales que compusieron el jurado de Yasmín Esquivel. David Jiménez González, exsenador, exmagistrado y hoy embajador en Honduras apuntó: “Esta magnífica obra considera una minuciosa, profunda y responsable investigación que le da un valor singular de carácter intelectual, lo que siempre, por cierto, ha demostrado la maestra Esquivel Mossa”.
La catedrática Sara Pérez Kasparian consideró que “el trabajo goza de la calidad requerida, es novedoso, innovador y va a resultar útil como acervo bibliográfico”. Víctor Manzanilla Schaffer, exgobernador priista de Yucatán, lo definió como “un libro de consulta” y Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez, exmagistrado del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, como “un análisis profundo sobre los derechos fundamentales”. Además, componían el tribunal Eduardo Enrique Gómez García, un militar que fue encargado del órgano que administra las prisiones federales, y los catedráticos Carlos Cabrera Beck y Héctor Moreno Núñez.
El 21 de diciembre de 2022, tras los primeros señalamientos de plagio en su tesis de licenciatura en la UNAM, la ministra acudió en su defensa a su asesor de tesis doctoral, José Antonio Núñez Ochoa. Este le firmó una carta —que ella hizo pública en su cuenta de Twitter— en la que el profesor destacó que su trabajo de titulación de posgrado era “sobresaliente en la investigación, integración de cada uno de sus capítulos, referencias bibliográficas y cumplió con el estricto rigor académico” exigido por la Universidad Anáhuac.
En las únicas declaraciones que la ministra ha hecho tras el estallido del primer escándalo aseguró que no iba a renunciar. “Tengo una carrera impecable, no tengo nada de que avergonzarme”, señaló. Obtener el grado de doctora apuntaló la carrera judicial de Esquivel. Tras recibir en 2009 el título y su cédula profesional expedida por la SEP —documento oficial que la habilita como profesionista—, logró ingresar al Tribunal de Justicia Administrativa de Ciudad de México, donde comenzó una larga trayectoria, primero como magistrada de Sala Superior y luego como presidenta, cargo que ejerció desde 2012 hasta 2019, cuando fue propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador como ministra de la Suprema Corte de Justicia para un periodo de 15 años. Esquivel podrá estar en el Supremo mexicano hasta 2034.
El País